El TSJM declara “apta” la prueba médica de un opositor militar suspendido por haber tenido cáncer
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha considerado «apto» a un militar en activo que había sido suspendido en un examen médico mientras intentaba ascender de rango. El motivo de la suspensión fue un linfoma de Hodgkin que sufrió en 2019, a pesar de que el militar estaba completamente recuperado y en excelente estado físico.
Los jueces Gustavo Lescure, Ángel Novoa y Rafael Estévez (ponente) determinaron en la sentencia 364/2024 del 6 de junio que, si el militar consigue la plaza, podrá ingresar en el centro de formación militar y ser ascendido a suboficial tras completar la formación requerida. Además, se le otorgará el rango y antigüedad correspondientes a su promoción.
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El proceso comenzó el 6 de mayo de 2021, cuando el Ministerio de Defensa abrió una convocatoria para promocionar y cambiar de escala. Esta convocatoria estaba destinada a la incorporación como militar de carrera en la Escala de Suboficiales de los Cuerpos Generales y de Infantería Marina.
El militar fue declarado «no apto» en la evaluación médica, ya que la Orden PCI/6/2019 de 11 de enero excluía a aspirantes con antecedentes de linfomas o mielomas. No conforme con esta decisión, pues consideraba que estaba en óptimas condiciones, presentó un recurso de alzada que fue rechazado.
Con el apoyo de su abogado, Antonio Suárez Valdés, el militar llevó su caso a los tribunales mediante un recurso contencioso-administrativo, argumentando que la decisión no era legalmente válida.
EL MILITAR CONTABA CON INFORMES FAVORABLES DE SUS SUPERIORES
En el recurso se indicó que ni la resolución impugnada ni el informe médico especificaban cómo la enfermedad pasada afectaba su capacidad para desempeñar sus funciones. Además, se subrayó que el militar estaba desempeñando su trabajo habitual sin problemas y había superado rigurosas pruebas físicas.
El militar y su abogado también aportaron una sentencia del TSJM del 11 de noviembre de 2020, que resolvía un caso similar a su favor, en el que otro aspirante con el mismo tipo de cáncer fue considerado apto.
Los jueces concluyeron que no había impedimento para declarar al militar como apto, basándose en informes médicos que confirmaban su remisión completa y su capacidad para realizar cualquier actividad física, incluso las más exigentes, sin secuelas ni limitaciones.
Para la Sala, declarar «no apto» al militar violaba los principios de mérito y capacidad en el acceso a la función pública, así como el principio de proporcionalidad, considerando que la probabilidad de recaída era muy baja y que el militar había aprobado todas las pruebas y estaba en buena forma física.



