Gabinete Jurídico Suárez-Valdés ha venido asumiendo en los últimos meses la defensa de varias decenas de compañeros Guardias Civiles, que habían sido imputados ante el Juzgado de Instrucción, por la presunta comisión de sendos delitos de estafa y falsedad documental en la tramitación de sus dietas de alojamiento. Instado el sobreseimiento de la causa por nuestro director jurídico, Antonio Suárez-Valdés, en fechas recientes ha recaído auto por el cual se declara el archivo de la causa, al entender la juzgadora prescritos los delitos que se les venían imputando y no entrando a conocer sobre el fondo del asunto. Una gran noticia para estos compañeros.

La titular del Juzgado número 21 de Madrid, Teresa Abad Arranz, ha archivado el caso de las falsas dietas cobradas por guardias civiles que denunció la Fiscalía en abril de 2015. El ministerio público, basado en los informes del Servicio de Asuntos Internos de la corporación policial, acusaba a 140 funcionarios del instituto armado de malversación de caudales públicos, falsedad documental y estafa por acordar entre 2011 y 2014 con el dueño de un hotel la emisión de facturas ficticias con objeto de luego la administración se las abonara cuando en realidad todos ellos se hospedaban en una residencia militar seis veces más barata.

La magistrada argumenta que ha pasado ya el tiempo legalmente establecido para la instrucción y que, aunque no han declarado todos los imputados y faltan diligencias por hacer, “no es necesario” continuar con la instrucción, ya que tras un examen “detallado de la documental se evidencia que no hay indicio racional y suficiente alguno de la posible comisión de infracción penal” por parte de los investigados, a los que la Fiscalía señalaba por cobrar facturas de alojamiento emitidas por el hostal Las Vegas de Madrid referentes a los mismos días en los que los funcionarios habían estado hospedados en la Residencia de Oficiales y Suboficiales de la capital.
Por un lado, la magistrada considera que los hechos objeto de la investigación han prescripto, dado que la denuncia de la Fiscalía se interpuso el 30 de abril de 2015; es decir, más de seis meses después de que ocurrieran las presuntas faltas, que es el tiempo límite que estipula la ley para estos ilícitos, con lo que la responsabilidad criminal se habría extinguido.
Por otro, la jueza considera que no ha encontrado “dato o elemento de juicio alguno” que permita concluir que haya habido un acuerdo previo de los investigados para llevar a cabo esta actuación conjunto más allá de “la mera pertenencia de todos ellos a la Guardia Civil”. Tampoco consta acreditado, continúa, que los funcionarios pernoctaran efectivamente en la residencia militar. “No se cuenta más que con meras sospechas”, asegura la titular del Juzgado 21, quien se niega a aceptar las copias de las facturas proporcionadas por el Servicio de Material Móvil del instituto armado, que gestiona la residencia, dado que muchas de ellas “eran dobles” y “en consecuencia podían ser ocupadas por dos o incluso tres personas”.
“Las facturas acreditan únicamente que se reservó habitación a nombre de las personas que figuran en las facturas y que se abonó el importe correspondiente, pero no se ha practicado gestión alguna encaminada a comprobar si la habitación fue o no efectivamente utilizada ni quién lo hizo”, relata la magistrada en su auto de archivo firmado el pasado 19 de julio. “Teniendo en cuenta que los familiares también pueden hacer uso de la residencia”, añade, los investigadores están obligados a “probar que efectivamente pernoctaron en el hostal” los imputados.

El ministerio público alegaba que el dueño del establecimiento, además, emitía las facturas por importe superior al que anunciaba en la web con el fin de que éstas alcanzaran el límite máximo que, según la ley, podían cobrar los funcionarios. La magistrada, sin embargo, critica que el informe de Asuntos Internos apenas se basara en un mero pantallazo de la web del hostal para probar cuáles eran los precios oficiales y del testimonio del dueño del establecimiento a los investigadores que se personaron allí de incógnito para preguntarle por precios.
“Se producen variaciones de precios si se trata de temporada alta o baja, si el alojamiento es en habitación individual o doble, etc.”, argumenta la jueza, que define como “meras sospechas” las conclusiones emitidas por Asuntos Internos. “No se cuenta con indicio alguno de que las facturas emitidas por el hostal no se correspondieran con servicios efectivamente prestados”, ya que -según la titular del juzgado- “no se ha acreditado ni que los agentes no se alojaran en dicho hostal ni tampoco que pernoctaran en la residencia de la Guardia Civil”.

El auto de archivo arguye asimismo que no se ha podido confirmar la comisión del delito de falsedad documental dado que “las facturas emitidas por el hostal” supuestamente falsificadas “no constan incorporadas a las actuaciones”, cuando resulta “imprescindible” contar con ellas para comprobar las fechas de las mismas, su importe y el concepto. “Del mero cotejo de archivos no cabe apreciar indicio suficiente de criminalidad”, concluye la jueza Abad Arranz.

La instructora considera que no se ha probado el delito de estafa, porque “no resulta acreditado el empleo de engaño alguno”, tampoco hay “indicio racional y suficiente de la posible falsedad de las facturas emitidas por el hostal” ni se han expuesto pruebas suficientes de que el dueño del establecimiento “obtuviera beneficio económico alguno”. Además, asegura que en no pocos de los casos analizados la cantidad supuestamente estafada no alcanza los 400 euros, con lo que no llega a ser delito, sino mera falta, ya que los hechos fueron realizados antes de la reforma del Código Penal de 2015 que modificó este concepto.