El TS condena a un teniente que acosó a una cabo con mensajes de Whatsapp: “Todo esto es tuyo si quieres”
el Alto Tribunal condena a dos años y tres meses a un oficial del Estado Mayor de la Defensa que hostigó durante dos años por Whatsapp a una subordinada.
El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a un teniente coronel por un delito consumado de abuso de autoridad, en su modalidad de acoso sexual y profesional sobre subordinado, a la pena de dos años y tres meses de prisión y a indemnizar a la víctima como responsable civil directo por los daños morales ocasionados. El caso se destapó tras activarse el protocolo contra el acoso sexual de las Fuerzas Armadas.
La Sala Quinta (de lo Militar) ha rechazado de forma íntegra el recurso de casación del oficial del Ejército de Tierra y ha ratificado todos los extremos de la sentencia del Tribunal Militar Central de diciembre de 2020. Los magistrados consideran probados los hechos que ya ratificaron sus colegas del tribunal castrense. Se trata del acoso sistemático que el teniente coronel J. A. A. G., jefe del Grupo de Logística del Estado Mayor de la Defensa desde 2016, realizó sobre la cabo primero durante dos años a través de Whatsapp.
Según la sentencia, fue una comunicación caracterizada “por una familiaridad y confianza excesiva dada la diferencia de empleo militar existente entre ambos”. Entre otros, el jefe de la unidad le llamaba con el apelativo cariñoso de “bruja”, mencionaba sus cambios de foto de perfil en este sistema de mensajería móvil, le preguntaba por la salud de sus tres hijos o le ofrecía algún día libre o facilidades horarias si lo necesitaba para conciliar. El contenido de los mensajes fue subiendo de tono hasta que en septiembre de 2017 le mandó un vídeo desnudo masturbándose.
Estas comunicaciones se producían fuera del horario de trabajo, en horas intempestivas y en días no laborables y sin relación alguna con el servicio. En algunos casos no eran contestados por la cabo primero o lo eran por pura cortesía o deferencia hacia su superior, al que siempre trataba de usted en sus respuestas, pese a sentirse incomodada. Al envío de mensajes telefónicos se unía una peculiar forma de saludo consistente en coger a la víctima desde atrás por los hombros y zarandearla, o en darle palmadas en la espalda.
“Le dijo que dejase a su marido”
El día 8 de febrero de 2017, encontrándose la cabo primero en las dependencias del Grupo de Logística visiblemente disgustada y llorosa a causa de desavenencias habidas con su marido, el condenado la convenció para que acudieran juntos a tomar algo a la cafetería a fin de intentar animarla y consolarla. Durante este diálogo, le dijo “que era muy guapa, muy lista y muy buena trabajadora, que una mujer como ella podía tener el hombre que deseara y que dejase a su marido”.
Al mismo tiempo, por indicación del teniente coronel, la militar instaló en su teléfono móvil la aplicación de mensajería Telegram, que permite remitir mensajes secretos con autodestrucción programada mediante un temporizador ajustado por el remitente.
Sobre las 6.00 de la madrugada del día 12 de septiembre de 2017, cuando la cabo primero se encontraba aún en la cama, recibió del acusado un mensaje, al que no contestó, en el que el remitente le decía: “¿Qué tal noche has pasado, brujita?, ¿qué tal han dormido los niños?” Inmediatamente después, le dirigió por chat secreto un nuevo mensaje de audio y vídeo con autodestrucción programada de un minuto, en el que le decía: “Buenos días, brujita, ¿qué tal noche has pasado?” y donde se le veía frente al espejo de un cuarto de baño con una camiseta amplia, de la que inmediatamente se despojó para quedar completamente desnudo, añadiendo entonces: “Ha llegado el momento de que sepas que esto es tuyo si lo quieres”, a la vez que se tocaba los genitales y se masturbaba.
Ese mismo día, la soldado borró de su teléfono móvil el chat secreto que sirvió de marco a la remisión de los dos mensajes recién descritos, que tampoco ha aparecido en el terminal telefónico que en aquella época pertenecía al acusado, que fue posteriormente formateado cuando adquirió un nuevo teléfono y transmitió el antiguo a un hijo suyo.
Nada más llegar ese mismo día a las dependencias militares, la denunciante se dirigió al despacho del acusado, se encaró con él y le dijo que nunca más le mandase mensajes de semejante contenido y que se había equivocado con ella, a lo que el oficial contestó que el vídeo no iba dirigido a ella y que se había confundido de destinatario, pidiéndole perdón y asegurándole que nada semejante volvería a ocurrir. Acto seguido, la cabo primero contó a un compañero brigada lo que le había ocurrido, con detalle del contenido concreto del vídeo, declinando el ofrecimiento que le hizo el superior de intentar recuperar las imágenes, pues ella no quería denunciar y lo único que pretendía era no tener problemas.
A raíz de una conferencia sobre el acoso sexual y laboral que impartió en diciembre de 2017 el teniente coronel Moreno Santos, destinado en el Estado Mayor de la Defensa, la víctima le contó el contenido concreto del vídeo que había recibido del acusado. El oficial apreció que la subordinada estaba en estado “de angustia, muchísimo miedo y gran sufrimiento, a punto de derrumbarse psicológicamente”, por lo que puso en marcha las medidas de apoyo previstas en el Protocolo de actuación frente al acoso sexual en las Fuerzas Armadas.
Ansiedad y depresión
El ahora condenado, visto el cariz de los acontecimientos, cambió radicalmente su trato con la cabo primero, a la que dejó de hablar para dirigirse a ella a través de terceros, y dispuso una drástica reducción de las funciones que hasta entonces ella venía ejerciendo, que quedaron limitadas a las que estrictamente le corresponden por su empleo militar.
Simultáneamente, entre octubre de 2017 y febrero de 2018 adoptó una serie de decisiones que afectaban negativamente a las condiciones de trabajo de ésta. Desde el día 14 de junio de 2018 hasta al menos el 7 de noviembre del mismo año, la cabo primero acudió semanalmente a la consulta de la psicóloga clínica María Aránzazu López, que diagnosticó padecía un trastorno adaptativo mixto con ansiedad y estado de ánimo depresivo, del que fue tratada. Entre los días 7 y 22 de febrero de 2019, la denunciante fue sometida a estudio y reconocimiento por especialistas del Servicio de Psiquiatría y Salud Mental del Hospital Central de la Defensa, a quienes manifestó que seguía tratamiento psicofarmacológico y psicoterapéutico desde octubre del año 2018. Los especialistas apreciaron que presentaba “un estado anímico depresivo, con apatía, intensa ansiedad, labilidad e incontinencia afectiva, así como sentimientos de desesperanza y culpa ante su situación”.
Según el informe clínico, existe una conflictiva laboral mantenida desde el año 2016 al 2018, en el que inicialmente un mando de su unidad realizó comentarios y envíos de mensajes a su móvil de contenido presuntamente inapropiado, que derivaron posteriormente en supuestas actitudes o decisiones por parte de esta persona, que según considera, la influyeron negativamente en el desempeño de su actividad laboral.
El abogado de la denunciante, Antonio Suárez-Valdés, ha señalado tras conocer la sentencia del Supremo que supone un “gran avance” para la erradicación de cualquier tipo de acoso por medios de redes sociales y herramientas de mensajería en el ámbito de las Fuerzas Armadas. Como siempre, primero el Tribunal Militar Central y luego la Sala Quinta del alto tribunal, “en sendas sentencias modélicas, han vuelto a marcar un margen de tolerancia cero a la hora de enjuiciar este tipo de delitos, lo que a buen seguro servirá para disuadir a aquellos militares que se puedan plantear siquiera cometer acosos laborales o sexuales”.
Fuente: Heraldo
Delito militar de acoso sexual en el ámbito del ejército
Una subordinada logra la condena de su superior que le envió una grabación desnudo masturbándose por un chat secreto y que le conllevó a un posterior acoso laboral continuado tras reprochárselo.
04/02/2021 06:00Actualizado a 04/02/2021 07:56
La relación entre un teniente coronel, destinado en el Estado Mayor de la Defensa, y una subordinada, cabo primero, era de plena confianza. “Excesiva”, en ocasiones, dada la diferencia de empleo militar entre ambos. Pero esa relación se rompió por completo cuando ella dijo ‘hasta aquí’ y paró los pies a su superior después de que este le mandase un vídeo desnudo mientras se masturbaba por un chat secreto de Telegram.
Luego vinieron las represalias en forma de acoso profesional, pese a que no denunció el otro acoso: el sexual. Más tarde llegó la depresión, el sentimiento de culpa y más acoso en el trabajo. Y ahora, la condena: dos años y dos meses de prisión para el teniente coronel dictada por el Tribunal Militar Central a finales de 2020 como autor de un delito consumado de abuso de autoridad, en su modalidad de acoso sexual y profesional sobre subordinado.
Estas son las consecuencias que sufrió la militar por decir ‘no’. Según consta en la documentación a la que ha tenido acceso La Vanguardia, el alto mando ya ha interpuesto un recurso ante el Tribunal Supremo, donde intentará que revisen la sentencia.
El teniente coronel condenado fue destinado al EMAD en 2016, donde se encontraba desde hacía unos meses la cabo primero. Según la sentencia, el alto mando militar accedió “de inmediato” al teléfono móvil de la denunciante porque estaba incluido en la red de alerta telefónica junto al de todos los compañeros destinados en la unidad.
El teniente coronel comenzó a escribirle a través de WhatsApp con una confianza “que resultaban excesivas” dada la diferencia de empleo militar que existe entre ambos: la llamaba “bruja”, le comentaba sus fotos de perfil en la aplicación, le preguntaba por el estado de salud de sus hijos e, incluso, le ofrecía días libres o facilidades horarias. Esos mensajes -que llamaron la atención de algunos suboficiales de la unidad- se producían fuera del horario de trabajo, en horas intempestivas.
Tal y como recoge la resolución, la cabo primero, que ha sido defendida por el letrado Antonio Suárez-Valdés, a veces no respondía y otras veces, cuando lo hacía, era por “pura cortesía o deferencia hacia su superior”, al que siempre trataba de usted en sus respuestas, “pese a sentirse incómoda” por ciertas comunicaciones.
Pese a ello, el tribunal advierte que “otras veces” la denunciante “no parecía sentir incomodidad alguna”, ya que tomaba la iniciativa de las conversaciones para preguntar al teniente coronel por sus vacaciones o para comentarle que ella estaba disfrutando de las suyas.
En febrero de 2017, la denunciante se encontraba en su puesto de trabajo “visiblemente disgustada y llorosa” a causa de unas discusiones con su marido por motivos de horarios laborales, además de dificultades económicas por las que pasaba la pareja.
Fue entonces cuando el teniente coronel aprovechó para invitarla a tomarse un café “con el fin de animarla y consolarla”. En ese diálogo, el condenado le dijo que era “muy guapa, muy lista y muy buena trabajadora”.
Acto seguido, le pidió que se instalase Telegram, una app de mensajería parecida a WhatsApp, pero que permite eliminar mensajes, imágenes o vídeos de manera automática una vez que son vistos.
La cabo primero se instaló -seis días después de que se lo pidiese su alto cargo- Telegram en su teléfono móvil. Esta aplicación cuenta con la herramienta “chat secreto” que dispone de un temporizador ajustado por el remitente que autodestruye los mensajes una vez abiertos y transcurrido el tiempo asignado. Además, ese chat secreto puede ser eliminado -no sólo los mensajes- por cualquiera de los interlocutores en sus respectivos móviles.
Tras unos meses, el teniente coronel le envió a las 06:00 horas lo siguientes mensajes:
-¿Qué tal noche has pasado brujita?
-¿Qué tal han dormido los niños?
Y sin respuesta alguna, utilizó el chat secreto de Telegram para mandarle un mensaje de audio y vídeo que se borraría en un minuto:
-Buenos días, brujita, ¿qué tal noche has pasado? Ha llegado el momento de que sepas que esto es tuyo si lo quieres.
En el vídeo se podía ver, tal y como se recoge en los hechos probados de la sentencia, al teniente coronel frente al espejo de un cuarto de baño con una camiseta amplia como única vestimenta. Tras quitársela y quedarse completamente desnudo se tocó los genitales y comenzó a masturbarse.
Y entonces, dijo “no”.
Ese mismo día, la denunciante borró de su teléfono el chat secreto con su superior, quien también hizo lo propio, ya que los mensajes tampoco aparecieron en el móvil del acusado, que fue formateado cuando adquirió uno nuevo y transmitió el antiguo a su hijo.
Posteriormente, cuando llegó a su lugar de trabajo se dirigió al despacho del acusado y se encaró con él, exigiéndole que jamás le volviese a enviar vídeos de ese tipo. El teniente coronel se excusó en que ese vídeo no iba dirigido a ella, le pidió perdón y le aseguró que “nada semejante volvería a ocurrir”.
La cabo primero contó lo sucedido a su Brigada y declinó el ofrecimiento de este de intentar recuperar las imágenes para denunciar. En aquel momento “lo único que pretendía era no tener problemas y que se olvidase el hecho”. Hasta que en las navidades de 2017, tras acudir a una conferencia sobre acoso sexual y laboral, la víctima acudió al despacho del teniente coronel que impartió dicha clase en busca de apoyo, pero sin el ánimo de denunciar.
“Estaba en estado de acusada angustia, muchísimo miedo, y gran sufrimiento, a punto de derrumbarse psicológicamente”, recoge la sentencia. Así, el teniente coronel al que acudió puso en marcha el protocolo frente al acoso sexual y por razón de sexo en las Fuerzas Armadas, pasando la cabo primero a recibir asistencia psicológica y, posteriormente, a ser destinada “con urgencia” a un nuevo puesto de trabajo en comisión de servicio.
Hasta que fue al despacho de su superior a reprocharle el envío del vídeo ‘secreto’ por Telegram, la cabo primero realizaba -además de sus tareas de mantenimiento de vehículos-, gestiones de mayor responsabilidad, incluso sustituía a su inmediato superior cuando este se encontraba de libranzas.
Tras aquella reunión, tal y como ha quedado probado, el teniente coronel denunciado cambió por completo su actitud con su subalterna y, tras no dirigirle la palabra, se comenzó a comunicar con ella a través de terceros. Además, dispuso una “drástica reducción” de las funciones que la cabo venía realizando y se quedó a cargo de las únicas que correspondían, estrictamente, a su empleo militar.
Según explica la sentencia, el teniente coronel tomó una serie de decisiones que afectaron negativamente a las condiciones de su trabajo. Las consecuencias de decir “no”.
Le puso inconvenientes a la subsanación de la documentación relativa a una baja que fue tramitada como contingencia común, cuando en realidad era profesional al haberse producido durante una actividad del servicio. Algo que le suponía una disminución de las retribuciones. El teniente coronel le recriminó que arreglar el error suponía “mucho follón” y que le “iba a deber la vida”, que él “los favores los cobraba caros”.
-Lo he pensado mejor, olvídese de la conversación de esta tarde, no quiero molestar a más nadie ni dar quebraderos de cabeza intentando modificar la baja. Me fastidio si me quitan dinero y ya está.
Las consecuencias de aquel “no” continuaron. La cabo estaba asignada para asistir a un seminario que podía ser beneficioso para su futura promoción profesional. El teniente coronel no dejó asistir a la interesada en un primer momento y luego, ante la presión de otros compañeros, cedió pero con la exigencia de que otros militares la cubriesen en su puesto mientras el seminario. La denunciante finalmente renunció a asistir a las clases para que su trabajo no recayese sobre sus compañeros.
También sufrió represalias a la hora de poder disfrutar de sus vacaciones. El teniente coronel ordenó que la suplencia de una funcionaria fuese ejercida exclusivamente por la cabo primero que recibió el vídeo. En la práctica, esto suponía la imposibilidad de disfrutar las vacaciones “con cierta normalidad”, ya que la funcionaria era conocida por no contar con nadie a la hora de concretar las fechas de las suyas o días de permiso.
Todo ello, desembocó en un trastorno con ansiedad y depresión que la llevaron al Hospital de Defensa Gómez Ulla. Los especialistas apreciaron un estado anímico depresivo, con apatía, intensa ansiedad, así como sentimientos de desesperanza y culpa ante su situación.
Fuente: La Vanguardia
Un teniente coronel condenado por acoso sexual y laboral a una militar podrá seguir en el Ejército
La pena de dos años y tres meses de prisión, ratificada por el Supremo, no lo aparta del servicio activo
Ser condenado por acosar sexual y profesionalmente a una subordinada no es incompatible con seguir vistiendo el uniforme. La Sala de lo Militar del Supremo ha ratificado la pena de dos meses años y tres meses de prisión impuesta a un teniente coronel por abuso de autoridad contra una militar con el empleo de cabo, pero este podrá continuar en el Ejército cuando cumpla su condena. La sentencia no le impone la pena accesoria de pérdida de empleo —la expulsión de las Fuerzas Armadas—, aunque el Código Penal Militar prevé la posibilidad de aplicar este castigo a los culpables de acoso sexual y laboral. La conducta del oficial, que la sentencia describe con gran crudeza, habría supuesto probablemente la pérdida de la carrera si se le hubiera abierto expediente disciplinario.
Según la sentencia, el teniente coronel, entonces jefe del Grupo de Logística de la Unidad de Verificación Española (UVE), dedicada a controlar el cumplimiento de los acuerdos de desarme, disponía del número de móvil de la militar porque figuraba en la lista de alerta de la unidad. Valiéndose de esta circunstancia, entabló con ella una relación “excesiva e inapropiada”, a juicio del Supremo, dada su relación jerárquica: la llamaba con el apelativo de “bruja”, le comentaba sus fotos de perfil, le preguntaba por sus hijos y le ofrecía que se tomara días libres o flexibilizara su horario. Ella le respondía “por pura cortesía o deferencia a su superior, al que siempre trataba de usted, pese a sentirse incomodada con ciertas comunicaciones”.
En febrero de 2017, un día que ella se encontraba “visiblemente afectada y llorosa” por una discusión conyugal, el teniente coronel la invitó a la cafetería, donde le dijo que era “muy guapa, muy lista y muy trabajadora” y la instó a dejar a su marido. Tras ganarse su confianza, el superior le hizo instalarse en el teléfono una aplicación de mensajería Telegram, con una prestación de chat secreto que, según la sentencia, permitía remitir mensajes con autodestrucción programada mediante temporizador de forma que, una vez abiertos por el receptor, se borran sin posibilidad de recuperación.
El 12 de septiembre, a las seis de la mañana, la militar recibió un mensaje de audio y vídeo por el canal secreto y marcado para su autodestrucción después de un minuto en el que se veía al teniente coronel frente al espejo de un baño, con una camiseta de la que se despojaba para quedarse desnudo, mientras decía “ha llegado el momento de que sepas que esto es tuyo si lo quieres”, a la vez que se tocaba los genitales y se masturbaba.
Esa mañana, la militar se dirigió al despacho de su superior “se encaró con él y le dijo y le dijo que nunca más le mandara mensajes de semejante contenido y que se había confundido con ella”. El teniente coronel le pidió perdón y le aseguró que se había equivocado de destinatario al remitirlo.
La relación entre ambos, señala el Supremo, “dio un giro de 180 grados”. El teniente coronel, en vez de recuperar una relación estrictamente profesional, pasó a no hablarle y a darle, “en represalia por el fracaso del acoso sexual”, un trato opuesto al que hasta ese momento le venía dando: le redujo drásticamente sus funciones; intentó excluirla de un curso para el que había sido designada y al que acabó renunciando aunque era beneficioso para su promoción profesional; ordenó que las suplencias de una funcionaria civil las hiciera siempre ella, lo que le impedía programar sus vacaciones; le puso trabas para corregir un parte de baja que por error se atribuyó a una contingencia común, cuando era profesional: y telefoneó al jefe de la unidad donde había estado destinada anteriormente para preguntarle por sus problemas de salud.
Su vida, según recoge la sentencia, “se convirtió en un suplicio y en un infierno la convivencia” en el cuartel. En aplicación del protocolo contra el acoso, ella cambió de destino y él pidió el traslado a la nueva unidad de su ex subordinada.
La víctima nunca denunció al agresor. Fue en diciembre de 2017, tras una conferencia sobre acoso sexual en el Estado Mayor de la Defensa, cuando pidió apoyo al teniente coronel que la había impartido y este se alarmó al encontrarla “angustiada, con muchísimo miedo y gran sufrimiento, a punto de derrumbarse psicológicamente”. Cinco especialistas del Hospital Militar Gómez Ulla diagnosticaron que la militar sufría “estado anímico depresivo, apatía y ansiedad intensa”, así como sentimientos de “desesperanza y culpa”
TOLERANCIA CERO CON EL CIBERACOSO
Antonio Suárez-Valdés, abogado de la víctima, considera que la condena impuesta al teniente coronel supone “un gran avance para la erradicación de cualquier forma de acoso por medio de las redes sociales y herramientas de mensajería en las Fuerzas Armadas” y marca “un margen de tolerancia cero” para estos delitos, que tendrá efectos disuasorios.
Fuente: El Pais