Nuestro defendido, destinado en el Servicio de Criminalística de la Dirección General de la Guardia Civil, llevaba años desempeñando, según las necesidades del servicio y de forma alternativa, funciones como sustituto del Responsable Técnico de su Área. Sin embargo lo anterior y pese a sus reiteradas reclamaciones, la DGPGC le venía denegando sistemáticamente su derecho al percibo de una cuantía del complemento específico singular idéntica a la que se venía abonando a los Capitanes de la Escala Facultativa Superior, que desarrollaban normalmente dichas funciones.

Entendía nuestro despacho que, constatada al existencia de una identidad de funciones en el puesto de trabajo desempeñado, entre un Guardia Civil y un Capitán de la EFS, resulta necesario la asignación a los mismos del mismo complemento específico singular, extremo este que era negado por la DGGC, sobre la base de un criterio discriminador en función del empleo. Planteado el oportuno recurso contencioso administrativo en reclamación del derecho del funcionario al percibo de idéntica cuantía de dicho complemento, Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, invocó la identidad de las funciones desarrolladas por ambos funcionarios y el carácter de complemento de puesto de trabajo del complemento específico singular.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ha vuelto a darnos la razón en sentencia reciente, que reconoce que el complemento específico singular viene a retribuir las características objetivables del puesto de trabajo, por lo que, a una identidad de funciones, corresponde una identidad retributiva, condenando a la DGPGC, en el presente caso, a abonar al funcionario las diferencias existentes entre las cuantías abonadas al Guardia Civil recurrente como especialista de de Policía Judicial y Criminalística y las que viniera percibiendo cualquiera de los Capitanes de la Escala Facultativa Superior, que desarrollase sus mismas funciones como sustituto del Responsable Técnico de su Área.

La sentencia puede ser consultada en el apartado de sentencias