En fecha 31 de diciembre del 2013, ha sido publicado en el BOC Nº 53, pagina 13396, Orden General número 6, de 27 de diciembre de 2013, que viene a modificar la Orden General nº 11, de 7 de febrero de 1989, por la que se regulan los beneficios para el personal que presta servicio en las provincias vascas y en Navarra.
A partir de la entrada en vigor de la nueva Orden General y en virtud de la modificación que la misma introduce, durante su periodo de vigencia, el personal que permanezca destinado, durante tres años, en Unidades de Vizcaya, Guipuzcoa, Álava y Navarra, podrá solicitar, por una sola vez la Cruz de la Orden del Mérito del Cuerpo de la Guardia Civil, con distintivo blanco, eliminando la necesidad de perfeccionar 4 años de destino en las dos ultimas provincias, que se venía precisando tradicionalmente.
Además de lo anterior, la nueva norma, contempla la posibilidad de consolidar los periodos requeridos para el perfeccionamiento del derecho, mediante sucesivos destinos o comisiones de servicio en dichas provincias .
Dicho particular resulta de especial relevancia, para el personal actualmente destinado en dichas provincias y pendiente de solicitar vacantes de concurso de méritos, en próximas fechas.
La nueva regulación de la denominada Cruz del Norte, nos hace albergar esperanzas en el sentido de poder interesar, incluso, su aplicación retroactiva para todos aquellos agentes de la Guardia Civil que, habiendo prestado mas de tres años de servicio en las provincias Vascongadas o Navarra, sin embargo no hubieran alcanzado los periodos de tiempo exigidos por la normativa anterior para la concesión de dicha condecoración.
Es por ello que Gabinete Jurídico Suárez-Valdés ha confeccionado una instancia tendente a solicitar la concesión de la Cruz al Merito de la Guardia Civil con distintivo blanco que puede ser cursada, tanto por los actualmente destinados en País Vasco o Navarra, durante mas de tres años, como por aquellos que lo hubieran estado en el pasado, en el mismo lapso temporal, sin haber perfeccionado el derecho a recibir la misma, dada la anterior normativa. Pueden descargar la instancia desde nuestro apoaratado de descargas.
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Dto. de Comunicación de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés.