El Ayuntamiento de Miranda de Ebro deberá repetir las pruebas del reconocimiento médico por las que se declaró no aptos a tres aspirantes a bombero en las oposiciones que se realizaron el pasado 2019 para cubrir cinco plazas vacantes. Una sentencia del Juzgado Contencioso-Administrativo de Burgos ha estimado parcialmente los recursos presentados por los tres candidatos, que fueron excluidos del procedimiento pese a tener mejores calificaciones en las pruebas físicas que los seleccionados.

La sentencia, emitida este lunes, reconoce que la prueba de espirometría a la que fueron sometidos los aspirantes no se realizó de la manera correcta, pues se utilizaron parámetros propios de las pruebas a menores de 6 años y no de adultos. Así se ha constantado a través de los informes periciales presentados por los demandantes. Además, el juez considera que el tribunal calificador no motivó el rsulado de las pruebas ni la decisión final de declarar no aptos a los aspirantes.

 

Por ese motivo, resuelve anular la decisión del tribunal de exlucir a los tres candidatos al considerarlos no aptos y retrotraer el procedimiento hasta el momento en el que se les realizó la prueba de espirometría, para que se les vuelva a practicar, pero ya con los parámetros de adultos. Y, en función del resultado de la misma, tomar la oportuna decisión sobre si declararlos aptos o no aptos, con las consecuencias que tuviera para los otros cinco que fueron admitidos e incluidos en la plantilla de los bomberos de Miranda.

Por parte de los demandantes, el abogado de uno de ellos, Antonio Suárez- Valdés, valora la decisión del juez, por su «impecable criterio jurídico», que le ha llevado a acordar la repetición de la prueba de espirómetria. Afirma que, en el caso concreto de su defendido, en caso de superarla, implicaría su incorporación al cuerpo tras el correspondiente periodo de formación e, incluso, abonarle las retribuciones que le hubieran correspondido de haber sido excluido del procedimiento.

De momento, el juez solo admite la anulación de la decisión del tribunal calificador, rechazando las demandas de los aspirantes, que pedían ser declarados aptos y reconocidos como bomberos, en los casos en los que por putuación les correspondiense. Y es que, como recoje la sentencia, los candidatos excluidos tienen mayor puntuación en las pruebas físicas que algunos de los incorporados al servicio.Fue precisamente ese hecho lo que hizo saltar las alarmas cuando se les declaró no aptos por una prueba que dio un resultado porpio de personas enfermas de asma, recuerda el abogado.

A juicio del letrado Suárez-Valdés, en el probable caso de que su cliente supere la prueba de espirometría, esta sentencia debería implicar la revisión de oficio de los nombramientos como funcionarios del cuerpo de Bomberos de Miranda de Ebro de los aspirantes a los que se les otorgó dicha condición mediante la exclusión del proceso selectivo de su cliente y el resto de los afectados por la prueba de espirometría deficientemente realizada.

https://www.burgosconecta.es/provincia/miranda/declaran-nula-exclusion-20210511171729-nt.html