El Tribunal Militar Central considera que no está acreditado que fuera una sustancia estupefaciente la que los agentes -grabados por cámaras- enrollaban junto al tabaco ni siquiera que la consumieran.

El Tribunal Militar Central ha anulado la sanción impuesta por el Ministerio del Interior a cinco guardias civiles a los que acusaba de consumir sustancias estupefacientes en acto de servicio. Los cinco funcionarios fueron suspendidos de empleo durante seis meses en cumplimiento del Régimen Disciplinario del instituto armado. Tanto la Dirección General de la Guardia Civil como el ministro de Defensa, Pedro Morenés, en sendas resolución fechadas el 6 de mayo y el 25 de septiembre de 2014, entendieron que los agentes estaban fumando porros en el aeropuerto de Ibiza.

Asuntos Internos, en el marco de lo que denominó operación Customs, visionó unas imágenes grabadas en el aeródromo en las que se veía a los cinco vestidos de uniforme liando cigarros. Los investigadores interpretaron que se trataba de hachís, de marihuana o de alguna otra sustancia que no supieron concretar, por lo que abrieron expediente a los funcionarios que derivó en la mencionada sanción. Argumentaron que el modo de consumir “correspondía con la forma característica de fumar hachís”.

Tras el recurso interpuesto por el abogado Antonio Suárez Valdés, el Tribunal Central Militar decidió intervenir y declarar que no se ha probado que los agentes estuvieran consumiendo droga. En las imágenes, argumentan los magistrados Rafael MamorosCarlos Melón Ricardo Llorente, se ve a los cinco guardias civiles “preparando cigarrillos”. En concreto, “mezclando en papel de fumar tabaco con alguna otra sustancia cuya naturaleza no consta”, relata la sentencia del Tribunal Militar.

“El examen de las imágenes no permite alcanzar la conclusión inequívoca de que la sustancia que se observa manipular junto con el tabaco a los demandantes, a algunos con una reiteración y contumancia altamente llamativas, fuera del tipo estupefacientes, tóxicas o psicotrópicas”, reza la resolución judicial. De hecho, continúa el fallo, en ningún momento se ha intervenido material alguno de los cigarros que haya permitido determinar el contenido.

Acto de celebración de la patrona de la Guardia Civil. (EFE)

Es más, prosigue la sentencia, “incluso admitiendo la hipótesis de que los cigarros que se observan en las grabaciones contuvieran alguna sustancia estupefaciente, lo cierto es que en ninguna de las grabaciones examinadas por el tribunal se observa el consumo del cigarro correspondiente, sino solo su preparación, altamente minuciosa en muchos de los casos”.

El Tribunal Militar asegura también que tampoco se puede determinar el momento en el que los agentes manipularos los cigarros, lo que lleva a los citados magistrados a estimar los recursos planteados por la defensa de los guardias civiles y retirar la sanción que pesaba sobre ellos. Fuentes jurídicas aseguran que lo que realmente estaban fumando los funcionarios era tabaco de liar con sisa de sabores.

La sanción impuesta por Interior y Defensa provocó que los guardias perdieran sus destinos y sus pabellones. Ahora, el Tribunal Militar ordena que les devuelvan todo lo que le quitaron. En concreto, la sentencia establece que se proceda a “la compensación de las retribuciones dejadas de percibir como consecuencia de la sanción anualada y al abono de cualesquiera gastos derivados directamente de ella”. “Se procederá igualmente -continúa la resolución- a reponer a los demandantes, si a su derecho conveniere, en el destino que ocupaban al producirse al sanción anulada”.

AUTOR: ROBERTO R. BALLESTEROS

10.11.2015 – 05:00 H.

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