Por Resolución de 31/07/2012, de la Subdirección General de Apoyo del Cuerpo de la Guardia Civil, se procedió a implementar una irregular derogación de la Orden de Presidencia, de 17 de enero de 1974, que regula la concesión de permisos y pasaportes al personal de las fuerzas e institutos armados destinado en los archipiélagos, anulándose de facto todos los pasaportes a la península pendientes de tramitación a dicha fecha. Es por ello que, todos aquellos miembros de la Guardia Civil que a partir del 01/08/2012, solicitasen su pasaporte a la Península, vieron como el mismo era denegado.
Gabinete Jurídico Suárez Valdés inició de inmediato la reclamación contra dicha medida por considerarla arbitraria, desigual, generadora de agravio comparativo (por cuanto son muchos los que por una cuestión de días, han visto aprobados sus pasaportes) y atentatoria contra el principio de jerarquía normativa. Han sido muchos los contenciosos que nuestro despacho tiene interpuestos con dicho motivo en defensa de sus afiliados y simpatizantes y que se encuentran pendientes de resolución. Como ya se les comunicó, nuestros abogados especialistas en Guardia Civil y derecho militar, han cosechado varias sentencias del Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Santa Cruz de Tenerife y Las Palmas de Gran Canaria, que anulan las resoluciones por la que se denegaba a varios compañeros destinados en dicho archipiélago, la emisión de pasaporte-autorización de viaje al objeto de trasladarse a la península, por cuenta del Estado, durante su permiso y reconociendo el derecho de los mismos a dicha emisión.
Además de las anteriores, en fechas recientes ha recaído una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que reconoce idéntico derecho a un Guardia Civil destinado en el archipiélago Balear.
Es por ello que se ha se ha establecido una operativa para reclamar el derecho al pasaporte 2014 de los miembros de la Guardia Civil destinados en Canarias y Baleares y que consiste en que en primer lugar, una vez concedido el permiso para una fecha determinada, se habrá de solicitar el pasaporte para el traslado a la península con normalidad, mediante el modelo normalizado y a través del conducto habitual.
Si se negase en las planas a los solicitantes el correspondiente modelo al efecto, la petición debería elevarse en el formato que se adjunta.
Cuando dicha solicitud sea denegada, deberá interponerse contra la resolución denegatoria el recurso de alzada que puede descargarse en https://www.suarezvaldes.es/descargas. Por último, cuando dicho recurso de alzada sea denegado, deberán solicitarse instrucciones a este despacho para valorar la conveniencia de iniciar contencioso administrativo en reclamación de su derecho.
Como de costumbre, los afiliados de nuestro despacho no abonarán cuantía alguna en concepto de honorarios de abogado en caso de que sus intereses tengan que ser defendidos en vía contenciosa .
Esperamos que la presente iniciativa resulte de su interés, rogando distribuyan el presente correo entre todos los compañeros que se encuentren el dicha situación.
Dto. de Comunicación de Gabinete Jurídico Suárez-Valdés.