Suárez Valdés logra que la Audiencia Nacional condene a la Administración a indemnizar a un Guardia Civil por responsabilidad patrimonial

El Gabinete Jurídico Suárez Valdés ha conseguido una nueva victoria en defensa de los derechos de los ciudadanos frente a los perjuicios derivados de la actuación administrativa. El Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 4 de Madrid, en su Sentencia nº 112/2025, de 10 de septiembre, ha estimado íntegramente la demanda interpuesta por nuestro equipo contra el Ministerio de Defensa, condenando a la Administración a indemnizar a un Guardia Civil con 7.810 euros por el retraso en su promoción al empleo.

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Los hechos: una exclusión injusta y un retraso de más de dos años

El caso se remonta a 2019, cuando el demandante, aspirante a ingresar en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil, fue declarado “no apto” en la prueba de reconocimiento médico. Esa resolución le excluyó automáticamente del proceso selectivo, truncando de manera injusta su carrera profesional.

En 2021, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid estimó su recurso, declaró nulo el examen médico y reconoció su aptitud, ordenando que fuese reincorporado al proceso. No obstante, la Administración no materializó su promoción hasta el 14 de junio de 2023, con efectos retroactivos desde el 4 de abril de 2021, lo que generó un retraso de 781 días en su carrera profesional. Durante ese tiempo, el afectado se vio privado de estabilidad y reconocimiento que supone el empleo de Guardia Civil y, también, de los efectos económicos vinculados a su cargo.

La reclamación y la defensa del Abogado Suárez Valdés

Ante esta situación, en marzo de 2024 se presentó una reclamación por responsabilidad patrimonial de la Administración, reclamando indemnización por los daños sufridos. La petición fue desestimada por silencio administrativo, lo que obligó a acudir a los tribunales.

Desde Suárez Valdés, en representación del recurrente, se solicitó que se reconociera el derecho a percibir una compensación de 7.810 euros en concepto de daños morales, calculada conforme a criterios fijados en resoluciones previas del propio Ministerio del Interior y de la Audiencia Nacional.

La Abogacía del Estado trató de oponerse alegando:

  • Cosa juzgada, sosteniendo que la indemnización debió pedirse en el procedimiento anterior ante el TSJ de Madrid.
  • Prescripción, argumentando que el plazo para reclamar había comenzado en 2019, cuando el demandante fue indebidamente excluido.

El razonamiento del tribunal

El juez Pablo Álvarez López, titular del Juzgado Central de lo Contencioso-Administrativo nº 4, rechazó ambas alegaciones de la Abogacía del Estado y dio la razón a nuestro gabinete en todos sus planteamientos:

  1. No hay cosa juzgada: la sentencia de 2021 solo resolvía sobre la nulidad de la exclusión médica y no sobre los daños derivados de ella, que solo podían determinarse posteriormente, una vez ejecutada la promoción.
  2. No existe prescripción: el plazo de un año para reclamar responsabilidad patrimonial comenzó a contar desde el 14 de junio de 2023, fecha en la que se hizo efectiva la promoción, y no desde la exclusión inicial en 2019.

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Con base en estas premisas, el tribunal declaró probado que el demandante sufrió un daño moral grave durante 781 días, que debía ser reparado económicamente.

Siguiendo precedentes de la Audiencia Nacional en casos similares, la sentencia fijó la cuantía de la indemnización en 10 euros por cada día de exclusión indebida, sumando un total de 7.810 euros. Además, se condenó a la Administración al pago de costas, hasta un máximo de 300 euros.

Un precedente de gran relevancia

La resolución consolida una doctrina clave en materia de responsabilidad patrimonial de la Administración: cuando una actuación administrativa injusta retrasa el acceso a un empleo público, procede indemnizar al afectado por el perjuicio personal y profesional sufrido.

Este fallo refuerza la idea de que la inacción administrativa (silencio administrativo) exime a la Administración de responder por los daños ocasionados y abre la puerta a que los tribunales reconozcan el derecho a ser compensado.

Suárez Valdés: especialistas en responsabilidad patrimonial

Con esta sentencia, el Gabinete Jurídico Suárez Valdés reafirma su experiencia y compromiso en la defensa de reclamaciones de responsabilidad patrimonial frente a la Administración. 

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🔗 Consulta la sentencia completa emitida por la Sala Contenciosa Administrativa Sección Cuarta de Cataluña: Acceder sentencia completa (PDF)

🔗 Consulta la sentencia estimatoria sobre la indemnización por ingreso tardío: Acceder sentencia completa (PDF)