Abogado especialista en recurso por no apto en entrevista Guardia Civil: Si has resultado no apto entrevista Guardia Civil: Si has resultado no apto en la entrevista de la oposición de Guardia Civil, debes interponer un recurso de alzada, contra la resolución del tribunal de selección por la que se te declara no apto en el plazo de un mes. Posteriormente, cuando te denieguen dicho recurso de alzada, deberás presentar recurso contencioso administrativo ante el Tribunal Superior de justicia, en el plazo de dos meses desde la notificación de la denegatoria.
Llámanos urgente, somos abogados especialistas en recursos sobre entrevista de acceso a la Guardia Civil y ascenso de empleo y escala y, en el pasado ya hemos obtenido sentencias estimatorias para otros compañeros tuyos. Llama al: 911649961 ¡Infórmate ahora!.
Es habitual que en las convocatorias de acceso y ascenso a la Guardia Civil, se utilice la prueba de entrevista de personalidad y la entrevista por competencias, de forma arbitraria, como un instrumento para desembarazarse de aquellos candidatos que por diversas razones (edad, estudios, procedencia, condición previa de militar, historial laboral, bajas previas, sanciones, antecedentes, etc), resulten menos atractivos para la Jefatura. Por supuesto, esta utilización torticera de la entrevista, resulta completamente contraria a derecho y al objetivo de la prueba, que no es otro que el descartar a aquellos aspirantes que presenten un perfil psicológico incompatible con el desempeño de la función policial o de mando. Si consideras que no tienes ningún rasgo patológico psicológicamente hablando, que te impida ser Guardia Civil o ascender de empleo y, pese a ello se te ha declarado no apto en la entrevista, debes recurrir de inmediato. Podemos ayudarte.
No permitas que un tribunal de oposición te declare no apto en la entrevista psicológica, echando por tierra tus sueños, recurre ya!. Contamos con los mejores abogados especializados en entrevistas de oposiciones a Guardia Civil . Mas de 500 sentencias ganadas en procesos selectivos de acceso a cuerpos policiales.
Te juegas tu futuro, no te conformes con menos que con los mejores.
Algunos ejemplos de sentencias
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/7bf5394737dabfcea0a8778d75e36f0d/20250708
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/009b47f54d096c92a0a8778d75e36f0d/20240912
https://www.poderjudicial.es/search/AN/openDocument/cbce0d2c27d4f295a0a8778d75e36f0d/20240308
ST NO APTO ENTREVISTA GC TSJ GALICIA
ST TSJMU RECURSO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL 2022
ST TSJEX NO APRO ENTREVISTA GC 2022
ST RECURSO NO APTO ENTREVISTA SUBOFICIAL GUARDIA CIVIL 2022
ST RECURSO NO APTO ENTREVISTA GC CON DELITOS Y CONSUMO DROGAS TS VALENCIA
ST RECURSO NO APTO ENTREVISTA SUBOFICIALES GUARDIA CIVIL TSJ VALENCIA
ST. ANULA NO APTO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL 2020
ST. ENTREVISTA GUARDIA CIVIL 2020
ST NO APTO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL TSJ MURCIA
ST RECURSO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL TSJ CATALUÑA 2021
ST RECURSO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL TSJ EXTREMADURA
ST RECURSO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL TSJ ANDALUCÍA 2022
ST RECURSO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL TSJ GRANADA 2022
ST NO APTO ENTREVISTA GC 2023 TSJ A
ST RECURSO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL 2024 TSJ ARAGÓN
ST NO APTO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL CASTILLA LA MANCHA
ST NO APTO ENTREVISTA GUARDIA CIVIL TSJMU
ST ENTREVISTA GUARDIA CIVIL ADECUACION NORMAS
ST ATRASOS SALARIOS OPOSITOR GC
ST ENTREVISTA GUARDIA CIVIL TSJAR 2025
ST ENTREVISTA GUARDIA CIVIL CON SANCIONES ADMINISTRATIVAS ALCOHOLEMIA
ST TSJA ENTREVISTA GUARDIA CIVIL ADECUACIÓN NORMAS Y MOTIVACIÓN
ST TSJAR ENTREVISTA GC ADECUACIÓN + MOTIVACIÓN
Tres sentencias ganadas por el Gabinete Jurídico Suárez-Valdés que obligan a la Guardia Civil a readmitir a opositores excluidos injustamente en la prueba de entrevista de personalidad.
Tres sentencias firmes, dictadas por los Tribunales Superiores de Justicia de Aragón y Murcia, han estimado íntegramente los recursos interpuestos por el Gabinete Jurídico Suárez-Valdés, anulando la exclusión de varios aspirantes a la Guardia Civil que habían sido calificados como “no aptos” en la entrevista personal sin motivación suficiente. Estas resoluciones reafirman el derecho de los opositores a participar en procesos selectivos basados en criterios objetivos, técnicos y debidamente motivados, y suponen un nuevo avance en la protección judicial frente a valoraciones arbitrarias por parte de los tribunales calificadores.
RECURRIR NO APTO GUARDIA CIVIL
Sentencia N.º1: El TSJ anula la exclusión de un guardia civil aspirante a cabo por falta de motivación en la entrevista: Acceso PDF Sentencia (STSJ Aragón 96/2024)
En esta sentencia, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón estimó el recurso contencioso-administrativo presentado por el Gabinete Jurídico Suárez-Valdés en representación de un guardia civil declarado no apto en la entrevista personal del proceso de ascenso a cabo. La resolución administrativa impugnada carecía de motivación suficiente y no aportaba elementos objetivos que justificasen la calificación negativa.
El informe de evaluación señalaba supuestas deficiencias en competencias como la «adecuación a normas y principios morales» o los «valores institucionales», pero no identificaba respuestas concretas, ni se aportaba grabación ni documentación técnica que sustentara el juicio emitido por los evaluadores. Además, el expediente no incluía la Memoria Técnica que debía recoger los criterios previamente fijados para valorar a los aspirantes, contraviniendo las propias bases de la convocatoria.
La Sala subrayó que la entrevista personal no puede convertirse en un instrumento de exclusión sin un sistema de evaluación estructurado, razonado y basado en hechos concretos. El Tribunal recordó que excluir a un candidato que ha superado todas las fases previas de un proceso exige una motivación reforzada que garantice la interdicción de la arbitrariedad (artículo 9.3 CE).
En este caso, el abogado experto en Guardia Civil Suárez-Valdés acreditó que no se cumplieron las garantías mínimas exigibles, y que la valoración negativa fue fruto de una apreciación subjetiva carente de soporte legal y técnico. Gracias a esta estrategia procesal, se logró la anulación de la resolución impugnada y la inclusión del recurrente en la promoción correspondiente, con todos los efectos administrativos y económicos asociados.
Sentencia N.º2: El TSJ obliga a readmitir a un opositor excluido sin base objetiva tras una entrevista personal: Acceso PDF Sentencia (STSJ Murcia 1547/2024)
El Tribunal Superior de Justicia de Murcia resolvió favorablemente el recurso presentado por el Gabinete Jurídico Suárez-Valdés en nombre de un aspirante que fue declarado no apto en la entrevista personal del proceso de ingreso en la Escala de Cabos y Guardias de la Guardia Civil. La decisión de exclusión se sustentaba en un informe elaborado con posterioridad por un psicólogo que no había estado presente en la entrevista, y que fue generado únicamente para justificar el recurso de alzada.
La resolución recurrida indicaba deficiencias en las competencias de «autocontrol» y «responsabilidad/madurez», pero sin identificar qué conductas o respuestas concretas del opositor respaldan dicha conclusión. No existía grabación audiovisual de la entrevista, ni transcripción detallada, ni constancia de los criterios previos de valoración establecidos por el órgano técnico.
La sentencia reconoce que, conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo (STS 942/2024, de 29 de mayo), la entrevista personal debe estar sometida a los principios de legalidad, objetividad y transparencia, y que la Administración está obligada a motivar con detalle cualquier calificación desfavorable que impida el acceso al empleo público.
El equipo jurídico del despacho acreditó, además, mediante informe pericial independiente ratificado en juicio, que el aspirante reunía todas las condiciones personales y psicológicas necesarias para el desempeño de las funciones propias del cargo. Esta prueba fue clave para que la Sala declarará la nulidad de la resolución y la incorporación del demandante a la promoción correspondiente.
Sentencia N.º3: El TSJ anula la exclusión de un candidato por motivos personales no previstos en las bases: Acceso PDF Sentencia (STSJ Aragón 775/2025)
En esta resolución, el Tribunal Superior de Justicia de Aragón declaró nula la exclusión de un aspirante a la Guardia Civil por falta de motivación en la entrevista personal. El candidato fue valorado negativamente en aspectos como «motivación» y «adecuación a valores institucionales», a partir de hechos ocurridos nueve y diez años antes (una denuncia familiar y una infracción por alcoholemia) que no constituían causa de exclusión según la convocatoria.
El tribunal evaluador también justificó su decisión en la supuesta “falta de vocación” del opositor, al considerar que había tardado años en decidirse a opositar. Esta valoración, completamente subjetiva y ajena a los requisitos del proceso, fue desmontada en sede judicial gracias a la intervención del letrado Antonio Suárez-Valdés, quien evidenció la arbitrariedad de los criterios aplicados.
El expediente no contenía la Memoria Técnica exigida, ni parámetros de calificación previamente definidos, ni justificación razonada del juicio técnico emitido. El informe aportado por los evaluadores fue elaborado “a posteriori”, sin respaldo documental ni vinculación directa con los resultados de la entrevista.
Contacta ahora con el Gabinete Suárez Valdés, expertos en recursos de no apto en entrevistas de Guardia Civil
El Gabinete Jurídico Suárez-Valdés ha logrado que cientos de opositores excluidos sin justificación objetiva en las pruebas de entrevista personal hayan podido ingresar en los cuerpos policiales a los que concurrías. Las sentencias obtenidas reafirman que la especialización jurídica, el conocimiento profundo de la normativa administrativa y la experiencia procesal son herramientas imprescindibles para hacer valer los derechos de los candidatos.
Nuestros abogados están especializados en procesos selectivos y ya ha defendido muchos procedimientos sobre no aptos en la prueba de entrevista de acceso a la Guardia Civil, con resultados estimatorios, aunque, por tratarse de temas muy casuísticos, nunca se pueden dar garantías de éxito en este tipo de temas, ya que los criterios del tribunal pueden cambiar de un año para otro y mas ahora que las resoluciones no contienen los criterios de exclusión (novedad) y se aportan a los procedimientos los test de personalidad. Por ello no puedes confiarte y solo puedes encargar tu defensa a los mejores abogados para recursos de entrevistas de Guardia Civil.
Para iniciar la causa deberá usted adelantar 1.800 € + IVA en concepto de honorarios de abogado y de 1000 € + iva (aprox) para honorarios de perito psicólogo que es necesario en este tipo de causas.
Lo primero que debemos hacer es confeccionar un recurso de alzada en el plazo de un mes, que una vez recibido deberá presentar usted en cualquier Puesto de la Guardia Civil. Es importante que ese recurso se lo hagamos nosotros por cuanto, nuestro despacho cobrará lo mismo si se lo hacemos o no y, si lo hace usted por su cuenta y lo hace mal, puede causarse un grave perjuicio.
Para iniciar su recursos deberá remitirnos al correo electrónico consultas@suarezvaldes.es, en un único documento pdf, la resolución en la que se publica la convocatoria a la que usted concurre, resoluciones intermedias de las pruebas que vaya superando y baremos concedidos y resolución final en la que se le considera no apto en la entrevista psicológica.
Debe remitirnos, además, en un documento word su versión de lo sucedido, los motivos por los que usted entiende que se le debe considerar apto en dicha entrevista y porque las conclusiones alcanzadas para su exclusión son inadecuadas. Será importante determinar en dicho documento su edad, si tiene usted una carrera, si ha sido usted militar, si tuvo en el pasado una condena penal o sanción administrativa de cualquier tipo y sus impresiones sobre la entrevista, haciendo constar que le preguntaron y que respondió de una forma resumida.
También debe remitir boletín de aceptación de condiciones, que se acompaña en archivo adjunto, en el que se les detallan las condiciones económicas del recurso, debidamente relleno y firmado por el recurrente y correctamente escaneado. Descárguelo en este enlace.
Además deberá remitir justificante de haber efectuado PROVISIÓN DE FONDOS en cuantía de 1.800 € + IVA en concepto de honorarios de abogado .
TRASFERENCIA A LA CUENTA DE BANCO SANTANDER,
Titular: IURISCONTENCIA S.L.
Concepto: PFPSIC GC + NOMBRE Y APELLIDOS .
Cuantía: 2.178 €.
Si no puede hacer frente al pago en un único plazo, puede pagar en cinco plazos de 435,60 € cada uno
Dichas cuantías no incluyen abono de ningún concepto relativo honorarios de peritos necesarios para la viabilidad del procedimiento (1000 €+ IVA APROX) a tasas judiciales (no previstas), depósitos o costas (en caso de desestimación de la demanda, con cuantía aproximada de entre 300 y 1200 € PROX) que pudiera corresponder abonar y que serán sufragadas íntegramente por el cliente.
Si nuestro despacho gana su caso y usted percibe algún tipo de cantidad en concepto de atrasos o indemnización de cualquier tipo solo en ese caso, además de la provisión inicial, cobraremos, además de la provisión inicial, el 10% + IVA de las cuantías brutas obtenidas por usted en ejecución de sentencia, diligencia de abono de atrasos o en procedimiento paralelo de responsabilidad patrimonial que debiéramos incoar.
No se garantiza la viabilidad del procedimiento pese a que tengamos decenas de sentencias estimadas en casos muy similares al suyo en promociones anteriores, por cuanto, como le hemos dicho, cada promoción nos podemos encontrar situaciones y argumentos nuevos y cada caso se debe resolver de modo individualizado. No obstante lo anterior, dados los éxitos pasados cosechados, el despacho si recomienda iniciar las acciones de recurso de forma inmediata.
Se informa al cliente y este acepta en el momento de efectuar el encargo de que, en el caso de existir una posible condena en costas de la demandada, los importes abonados por la misma en este concepto, se dedicarán en su integridad al abono de los honorarios de letrado, no devolviéndole al cliente cuantía alguna en concepto de su provisión inicial.
Cuando su recurso reciba resolución firme en vía administrativa y le remitan a usted a un recurso contencioso administrativo ante los tribunales de justicia, en caso de desear acudir a contencioso DEBERÁ REMITIR URGENTEMENTE AL CORREO ELECTRÓNICO consultas@suarezvaldes.es , además de los anteriores y formando documentos PDF unitarios de cada uno de los siguientes bloques:
*COPIA AUTORIZADA DE PODER NOTARIAL PARA PLEITOS CON FACULTADES EXPRESAS DE SUSTITUCIÓN A FAVOR DE TODOS LOS LETRADOS Y PROCURADORES:
- Abogado Antonio Suárez-Valdés González (Madrid, nº 52396) (DNI 50724837Q)
- Abogada María Cruz Pachón (Madrid, nº 137825) (DNI 49152636A).
- Abogado Juan Manuel García Labajo (Madrid, nº 16112) (DNI 50410264Z)
- Abogada Regina Dorado Martín (Madrid, nº 85618) (DNI 70977163Z)
- Abogado Rafael Eduardo Juan Matamoros Martín (Castellón, nº 3872) (DNI 50801137W)
- Abogada Carlota Núñez Geijo (Madrid, nº 127655) (DNI 02737580M)
- Procurador: Jose Javier Freixa Iruela (Madrid, nº 785) (DNI 00403413Q)
- Procurador: Marta Ureba Álvarez Ossorio (Madrid, nº 42052) (DNI 31255902Y)
*RESOLUCIÓN DESESTIMATORIA
* EXPEDIENTE COMPLETO, ADJUNTANDO SU INSTANCIA, DENEGATORIAS INTERMEDIAS, RECURSOS, ETC
* TODOS LOS DOCUMENTOS EN LOS QUE FUNDE SU PRETENSIÓN.



